¿Amores prohibidos? Relaciones ilicitas en la Biblia y como entenderlas hoy.

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Relaciones licitas e ilícitas en la Torá. Un ejercicio en intertextualidad basado en Levítico 18:6-18.

 

Suele pasar que, en las redes sociales, aparece un tema que se vuelve viral, por ser controversial y de morbo. Justo unas semanas atrás, dos youtubers crearon una gran consternación al declarar que el matrimonio entre primos hermanos no era un pecado condenado en las Escrituras.  Ante tales declaraciones, muchos de sus seguidores los declararon como faltos de discernimiento, apostatas, y un sin fin de otros adjetivos que revelaban su rechazo a lo dicho por ellos.

El tema de quien puede casarse con quien, se toca en la biblia, específicamente en el libro de Levítico, en el capítulo 18:6-18. No se puede negar que estas leyes reflejan a la de los pueblos vecinos, y también reflejan los códigos como el de Hammurabi. Pero como veremos, lo que encontramos en Levítico refleja lo sucedido anteriormente en el pueblo de Israel, y guía como tratar con ciertas circunstancias no previstas originalmente en la lista de relaciones licitas e ilícitas mencionadas en el capítulo 18 del libro, que se repiten en el capítulo 20, y luego encontramos en las maldiciones en Deuteronomio 27 y 28. Pero nos concentraremos en el capítulo 18 de Levitico para los propósitos de este estudio.

En este estudio veremos más de cerca a Levítico 18:6-18, de cómo está compuesto para definir con quien no se puede contraer matrimonio, y por qué. Examinaremos como esos versículos tienen que ver con eventos que han ocurrido anteriormente en la historia de Israel, comenzando con Abraham, y como aun esa ley promulgada por Moisés, aun se le aplica a la Iglesia cristiana en el Nuevo Testamento. Finalmente, veremos brevemente como la iglesia cristiana, en sus principales expresiones, Católica Romana, Ortodoxa y Protestante, han tratado el tema de matrimonio entre familiares, con una referencia especial al matrimonio entre primos.

 

REGULACIONES MATRIMONIALES EN EL ANTIGUO TESTAMENTO

Pasemos entonces a ver más de cerca el pasaje en cuestión.

Levítico 18:6-18:
6 » Ninguno de vosotros se acercará a una parienta cercana suya para descubrir su desnudez; yo soy el Señor. 7 No descubrirás la desnudez de tu padre, o la desnudez de tu madre. Es tu madre, no descubrirás su desnudez. 8 No descubrirás la desnudez de la mujer de tu padre; es la desnudez de tu padre. 9 La desnudez de tu hermana, sea hija de tu padre o de tu madre, nacida en casa o nacida fuera, su desnudez no descubrirás. 10 La desnudez de la hija de tu hijo, o de la hija de tu hija, su desnudez no descubrirás; porque su desnudez es la tuya. 11 La desnudez de la hija de la mujer de tu padre, engendrada de tu padre, su desnudez no descubrirás; tu hermana es. 12 No descubrirás la desnudez de la hermana de tu padre; parienta de tu padre es. 13 No descubrirás la desnudez de la hermana de tu madre; parienta de tu madre es. 14 No descubrirás la desnudez del hermano de tu padre; no te acercarás a su mujer, tu tía es. 15 No descubrirás la desnudez de tu nuera; es mujer de tu hijo, no descubrirás su desnudez. 16 No descubrirás la desnudez de la mujer de tu hermano; es la desnudez de tu hermano. 17 No descubrirás la desnudez de una mujer y la de su hija, ni tomarás la hija de su hijo ni la hija de su hija para descubrir su desnudez; son parientas. Es aborrecible. 18 No tomarás mujer juntamente con su hermana, para que sea rival suya, descubriendo su desnudez mientras esta viva.

Lo que podemos apreciar en esta lista, es que hay 6 consanguinidades, vs. 7, 9, 10, 11, 12, 13, y 8 afinidades, 8, 14, 15, 16, 17, 18.  Veamos primero el versículo 6. La LBLA ofrece una nota al pie que nos dice que lo que se traduce como “parienta cercana” es besaroo que quiere decir “de su carne”. Esta palabra cubre las relaciones que serán mencionadas en la lista que leímos anteriormente, pero también se cree que cubre la relación entre primos hermanos, por las excepciones que veremos más adelante.

Las prohibiciones que nos encontramos en el texto son pasajes de eventos ya sucedidos en el Pentateuco, que, en Levíticos, y luego en Deuteronomio, se regulan. Este uso de textos y eventos, se le conoce como intertextualidad. Esto es el uso de palabras o eventos, en diferentes lugares dentro de un cuerpo literario. Esto es especialmente fructífero cuando se lee el Nuevo Testamento a la luz del Antiguo. El ejemplo inmediato que vemos con relación entre los dos testamentos en este caso es la prohibición de tener relaciones sexuales con la mujer del padre, cf. Lev. 18:9 con lo que sucede en I Cor. 5.[1] Esta clase de relaciones traían muerte al que las practicaba, cf. Lev. 20:11; Deut. 27:20. Tomando esto en cuenta, podemos entender mejor los pronunciamientos de Pablo en I Cor. 5.

Pero la intertextualidad que nos concierne es dentro del A.T., específicamente dentro del Pentateuco, que ocasionaron las leyes encontradas en Levíticos 18.

Comenzando desde el versículo 6, vemos que estas reglas se dirigen al varón, pues en esa cultura, como a veces aun en nuestros días, es el que inicia la relación amorosa. Se debe de notar que “parienta cercana” es interpretada en muchos contextos en el pasaje. Pero es de interés ver que primeramente se refiere a la desnudes del padre, cf. vs. 7. Esto sucedió en Genesis 9:22-23, y acarreo una maldición a Canaán, hijo de Cam, uno de los 3 hijos de Noe. En Genesis vemos que Cam “vio la desnudez de su padre”. Comentaristas han observado que la expresión “ver la desnudez” describe una relación sexual, y esto ha llevado a muchos a pensar que Cam sodomizo a su padre.[2] La otra opción es que, dado que el que recibe la maldición es Canaán, Cam descubrió la desnudes de su padre teniendo relaciones sexuales con su madre.[3] Luego en el versículo 8, vemos la prohibición de tener relaciones sexuales con la mujer del padre, pero esto una vez más, lo vemos que ha sucedido en la familia escogida, con Ruben quien se acostó con Bilha, concubina de su padre Jacob, cf. Gen. 35:22. Esto, le trajo también repercusiones grandes, dado que perdió la primogenitura, cf. Gen. 49:3-4. Luego vemos esta falta mencionarse una vez más en Deut. 22:30; 27:20, donde conlleva maldiciones. Y finalmente, como notamos arriba, esta práctica se condena en I Cor. 5, pues está tomando lugar dentro de la iglesia en Corinto.

El texto sigue con los versículos 9 y 11, tocando la situación de tener relaciones entre hermanos y medio hermanos. Una vez más, vemos que esta ley se remonta a una situación ya ocurrida en Genesis 20:12, donde Abraham confiesa que Sara es su hermana, aunque no de la misma madre. Esta clase de relaciones quedan prohibidas, pero vemos una situación extraña en 2 Samuel 13:11-21, donde Tamar le dice a su hermano Ammon, quien está enamorado de ella y desea acostarse con ella, que no la deshonre, pero que le pida a su padre el rey David que se la conceda como esposa, “y él te permitirá casarte conmigo.” Algunas comentaristas piensan que Tamar estaba tratando de ganarle tiempo a Ammon para huir,[4] pero también se pudiera concluir que como vemos más adelante en 2 Cronicas 35:18-19, que muchas leyes no se tomaban en cuenta desde los tiempos de Samuel, incluyendo al parecer ciertas leyes de matrimonio.

El caso del versículo 10, prohíbe que haya relaciones entre abuelos y nietos, específicamente entre abuelos y nietas. Como se ha mencionado anteriormente, eran los hombres los que usualmente tomaban la iniciativa en tener relaciones sexuales, pero este principio se puede aplicar también a abuelas y nietos. En mi entrenamiento para poder oficiar matrimonios, se me enseño que debía de cerciorarme que aquellos que contraían matrimonio no tenían el parentesco de hermanos, padres/hijos, o abuelos/nietos. Ósea, un hombre o mujer no pueden casarse con su hermano o hermano, padre o abuelo, o hijo o nieto.

Los versículos 12 al 14, tienen que ver con tener relaciones con la tía, tanto consanguínea como política, cf. vs. 14. Lo dicho anteriormente, se aplica en estos casos, que, aunque se refiere a la acción de un hombre, esta ley se puede aplicar también a las mujeres. Esta práctica tomo lugar aun en la familia de Moisés. En Éxodo 6:20 se nos dice lo siguiente:
Éxodo 6:20
20 Y Amram tomó por mujer a Jocabed, su tía, y ella le dio a luz a Aarón y a Moisés; y los años de la vida de Amram fueron ciento treinta y siete años.

En otro lugar, Num. 25:59, se menciona que Jocabed también es madre de Miriam, hermana de Moisés y Aarón. Podemos apreciar una vez más, que la ley con respecto al casamiento entre tíos y sobrinos, es retrospectivo, y se están prohibiendo uniones en el futuro que, en el pasado, fueron consideradas normales.

En el versículo 15, encontramos la prohibición de contraer matrimonio con la nuera. Dentro del Pentateuco, esta prohibición nos lleva a Genesis 38, donde vemos que el patriarca Juda tiene relaciones sexuales con su nuera Tamar, pues este le había negado a su hijo menor en matrimonio, como era la costumbre. Recomiendo que lean el capítulo e informarse del relato.

El versículo 16 nos apunta a no que no es licito que un hermano tome como mujer la esposa de su hermano. En este pasaje, queda claro que contundentemente eso no debe de suceder. Lo que no que queda, es que si después de la muerte del hermano, el que queda vivo, puede tomar a tal mujer como esposa. Tomando en cuenta el relato de Tamar y Juda en Genesis 38 recién mencionado, vemos que, si el hermano pretendía casarse con la mujer de su hermano, el casado debía de morir primero, para que entonces lo que se conoce como la ley del levirato podría entrar en acción. Esta ley estipulaba, como lo vemos en Genesis 38, que él deber del hermano del difunto es tener relaciones con la viuda del hermano, para levantarle descendencia a él si moría sin hijo, y que la herencia que le tocaba al hermano difunto pasaba al hijo que nacía de la unión del hermano que había quedado vivo, y la viuda. Esta práctica se convierte en ley en Deuteronomio 25:5-10. En el Nuevo Testamento vemos que una unión ilícita ocurre con Herodes, quien Juan el Bautista lo acusa de haber hecho algo malo tomando la mujer de su hermano, cf. Marcos 6:18. El hermano de Herodes Antipas, Felipe, no había muerto aun, así que tomar a la mujer de su hermano, a pesar de un divorcio, le era ilícito.[5]

Los versículos 17 y 18 tocan temas similares, que tienen que ver con tomar 2 mujeres al mismo tiempo. El versículo 17 es críptico en su lectura. Se nos dice que un hombre no puede tomar a una mujer juntamente con su hija, pero también nos dice que “ni tomarás la hija de su hijo ni la hija de su hija”. Esto prohíbe tener relaciones con la nieta política de la esposa. Como mencione anteriormente, esto va conforme lo que aún se observa en muchos países, que el parentesco se ve 3 generaciones anteriores, y 3 generaciones posteriores. Pero en este caso, vemos que no solo se deben de evitar las relaciones consanguíneas, sino que también políticas. Finalmente, en el versículo 18, vemos la prohibición de tomar 2 hermanas como esposas, mientras una de ellas está viva. Esto apunta a lo que sucedió en Genesis 29-30, y la rivalidad que vemos ahí entre Raquel y Lea por el amor de Jacob. Luego, en I Samuel 1:1-7, vemos como Penina humillaba a Ana, madre de Samuel, por no tener hijos. Elcana había tomado 2 mujeres, y con ello, creo la situación que leemos en 1 Samuel 1. Algo similar de lo que Lea hacia con su hermana Raquel, Gen. 30. Se puede notar que el escritor/redactor de 1 Samuel hace el paralelo de lo sucedido en Genesis, con lo que narra en su obra, y no aprueba de la situación que dichas relaciones crean.

Todo estudio sobre relaciones ilícitas siempre toca el tema del matrimonio entre primos. Algunos opinan de porque no hay una prohibición directa sobre dichas relaciones, estas pueden tomar lugar sin ninguna sanción. Pero como acabamos de ver en el caso de tomar 2 mujeres como esposas, vemos indicios de que después del Éxodo, esta práctica se tenía que regular. Como prueba de esto, veremos los 2 pasajes que tocan con el matrimonio entre primos, y las circunstancias en el cual estos toman lugar.  Veamos el primer texto, Números 36:1-11:
1 Y los jefes de las casas paternas de la familia de los hijos de Galaad, hijo de Maquir, hijo de Manasés, de las familias de los hijos de José, se acercaron y hablaron ante Moisés y ante los jefes, las cabezas de las casas paternas de los hijos de Israel. 2 Y dijeron: El Señor ordenó a mi señor dar la tierra por sorteo a los hijos de Israel por heredad, y el Señor ordenó a mi señor dar la heredad de Zelofehad, nuestro hermano, a sus hijas. 3 Pero si ellas se casan con alguno de los hijos de las otras tribus de los hijos de Israel, su heredad será quitada de la herencia de nuestros padres, y será añadida a la heredad de la tribu a la que ellos pertenezcan; y así será quitada de nuestra heredad. 4 Y cuando llegue el jubileo de los hijos de Israel, entonces su heredad será añadida a la heredad de la tribu a la que ellos pertenezcan; así su heredad será quitada de la heredad de la tribu de nuestros padres.
5 Entonces Moisés ordenó a los hijos de Israel, conforme a la palabra del Señor, diciendo: La tribu de los hijos de José tiene razón en lo que dice. 6 Esto es lo que el Señor ha ordenado tocante a las hijas de Zelofehad, diciendo: «Cásense con el que bien les parezca; pero deben casarse dentro de la familia de la tribu de su padre». 7 Así, ninguna heredad de los hijos de Israel será traspasada de tribu a tribu, pues los hijos de Israel retendrán cada uno la heredad de la tribu de sus padres. 8 Y toda hija que entre en posesión de una heredad en alguna de las tribus de los hijos de Israel, se casará con alguno de la familia de la tribu de su padre, a fin de que los hijos de Israel posean cada uno la heredad de sus padres. 9 De esta manera, ninguna heredad será traspasada de una tribu a otra tribu, pues las tribus de los hijos de Israel retendrán cada una su propia heredad.
10 Y las hijas de Zelofehad hicieron tal como el Señor había ordenado a Moisés, 11 pues Maala, Tirsa, Hogla, Milca y Noa, las hijas de Zelofehad, se casaron con los hijos de sus tíos. 12 Se casaron con los de las familias de los hijos de Manasés, hijo de José, y su heredad permaneció con la tribu de la familia de su padre
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Los Israelitas tenían un mandamiento en el cual solo se podían casar dentro del pueblo de Israel, Deut. 7:1-4.

Deuteronomio 7:1 Cuando el Señor tu Dios te haya introducido en la tierra donde vas a entrar para poseerla y haya echado de delante de ti a muchas naciones: los hititas, los gergeseos, los amorreos, los cananeos, los ferezeos, los heveos y los jebuseos, siete naciones más grandes y más poderosas que tú, 2 y cuando el Señor tu Dios los haya entregado delante de ti, y los hayas derrotado, los destruirás por completo. No harás alianza con ellos ni te apiadarás de ellos. 3 Y no contraerás matrimonio con ellos; no darás tus hijas a sus hijos, ni tomarás sus hijas para tus hijos. 4 Porque ellos apartarán a tus hijos de seguirme para servir a otros dioses; entonces la ira del Señor se encenderá contra ti, y Él pronto te destruirá.

Tenemos un eco de este mandamiento en 1 Corintios 7:39, donde Pablo le da un consejo aquellas mujeres que quedan viudas de un esposo incrédulo. Pablo les dice lo siguiente:
39 La mujer está ligada mientras el marido vive; pero si el marido muere, está en libertad de casarse con quien desee, solo que en el Señor.

Esto hace eco del versículo 6 de Números 36. El mandamiento, como vimos en Deut. 7, es casarse dentro del pueblo de Dios, pero en Números vemos que un hombre solo tuvo hijas, y que, si se casaban con hombres de otras tribus, la heredad de ellas se transferiría a las tribus de esos hombres. Se busca una solución al problema, y la solución es que se pueden casar con los hijos de su tio, ósea, sus primos. Usemos un poco de imaginación y lógica. Si las hijas de Zelofehad se hubieran podido casar sin ningún impedimento con sus primos, no hubieran tenido que ir a consultar a Moisés si se les permitía tal cosa. Pero vemos que, porque eso no era algo claro, necesitaron ir a consultar de como poder mantener su heredad en su propia tribu sin quebrantar Levítico 18:6. Podemos apreciar, leyendo este texto, que el matrimonio entre primos es permitido para mantener una heredad, no era algo que automáticamente pasaría sin la aprobación de Moisés. Algo similar pasa en nuestro próximo pasaje, en el cual la situación no es de tierra, sino de descendencia.

En 1 Cronicas 23:21-22, leemos lo siguiente: 21 Los hijos de Merari fueron Mahli y Musi. Los hijos de Mahli fueron Eleazar y Cis. 22 Y Eleazar murió y no tuvo hijos, sino solo hijas, de modo que sus parientes, los hijos de Cis, las tomaron por mujeres. Nos topamos nuevamente con una situación no esperada en la ley, que un levita muriera sin dejar descendencia masculina, y, por lo tanto, su nombre desaparecería de entre su tribu. Clave para nuestra consideración es la expresión “de modo”. Nos topamos otras ves que de ser los matrimonios entre primos permitidos, no encontraríamos tanta explicación del porqué, al menos estos dos mencionados en la biblia, pueden tomar lugar. Aparte del matrimonio entre primos hermanos que encontramos en Genesis con Isaac y Rebeca como vemos en Gen. 24:15, los otros 2 matrimonios entre primos toman lugar para cubrir una necesidad, la primera para mantener la tierra dentro de una tribu, la segunda para mantener una descendencia entre los Levitas. La necesidad de buscar claridad si estas uniones podían tomar lugar, nos dice que tales uniones no eran prohibidas, pero por lo visto, tampoco eran la norma.

Pasemos a ver como la iglesia ha entendido el matrimonio, aceptado o rechazado el matrimonio entre primos, sean de primer, segundo, o tercer grado.

La iglesia y su rechazo o aceptación del matrimonio entre primos

Existen muchas culturas que aceptan o rechazan el matrimonio entre primos. Lo interesante es que el Venerable Beda (673-735) nos informa que la guía sobre quienes se pueden casar o no conforme a su consanguinidad origino con un comunicado del papa Gregorio (540-604) a San Agustín de Canterbury (534-604), donde se toma la base bíblica de la prohibición del matrimonio entre primos Levítico 18:6.

Dentro del Catolicismo Romano, si dos primos hermanos desean contraer matrimonio, estos necesitan un permiso diocesano para poder hacerlo. Hasta tiempos recientes, esto se requería para primos de segundo y tercer grado también.

En la iglesia Ortodoxa, los matrimonios entre primos son totalmente prohibidos, y esta prohibición no para en aquellos primos de primer grado, sino se extiende a los primos de segundo y tercer grado.

Finalmente, llegamos a la iglesia Protestante, que aprueba sin ningún límite los matrimonios entre primos hermanos, o cualquier grado.

Vale mencionar que, entre algunas expresiones cristianas, como los Cópticos, el matrimonio entre primos ha sido una práctica antigua. Pero esto ha disminuido en los últimos tiempos, a un 7% de sus matrimonios.

CONCLUSION

La decisión con quien vamos a compartir nuestra vida y crear una familia, es la decisión mas importante luego de aceptar a Jesús como nuestro salvador. Dios ha dejado directrices de con quien podemos contraer matrimonio o no, pero esta en nosotros hacer que esos matrimonios sean prósperos y fructuosos, acatando las reglas dadas por nuestro Señor.
Pero en lo que respecta al conocimiento bíblico, esto es un buen ejercicio de intertextualidad, de entender porque la Biblia, aunque no lo diga explícitamente, nos enseña ciertos parámetros a seguir, y podemos regresar al texto para saber por qué de dichos parámetros, ósea, sus orígenes. Finalmente, la Biblia regula las relaciones cercanas, incluyendo la de primos, pues como leímos, la Biblia no dice que las mujeres que necesitaban casarse lo hacían sin el consentimiento de su comunidad, sino que lo buscaban, dado que sabían que tal cosa, después de la Ley de Moisés, no se debía dar. En las 2 ocasiones que vemos matrimonios entre primos tomando lugar, son eventos regulados, y con propósitos específicos, tanto de tierras como de descendencia sacerdotal. Tales relaciones, deben de ser juzgadas por sus familias y comunidades de fe, y tomar en cuenta el beneficio que estas darían a esas comunidades, como también a los interesados en contraer matrimonio.

[1] Pablo está citando directamente de la LXX en Lev. 18:7-8. Esta ley se repite en Lev. 20:11, y se condena la practica en Amos 2:7b.  Para ver las diferentes actitudes dentro del Judaísmo del Segundo Templo al respecto, cf. Josefo Antigüedades 3.274; Filón, spec.leg. (leyes especiales) 3.12-21; m. Sanh 7:14.  Jubileos 33:10-13 menciona que tal pecado no tiene perdón. Dentro del mundo Greco Romano, objeciones a tal practica se encuentran en la obra de Gayo, Institutos 1.63; o Cicero, Cluentius 6.

[2] John E. Hartley, Genesis NIBC (Peabody: Hendrickson Pub., 2000), pg. 112.

[3] Ibid. pg. 113. Aunque el versiculo 23 de Gen. 9 establece que la desnudes de Noe era meramente eso, que estaba desnudo, y que Cam hizo burla de tal estado ebrio de su padre. Esto choca con el 5to mandamiento en Ex. 20:12.

[4] Joyce Baldwin, 1 and 2 Samuel TOTC (Leicester: Inter-Varsity Press, 1988), pg. 248.

[5] Para más detalles sobre este incidente, ver Flavio Josefo Antigüedades de los Judíos 18.136. Por esta referencia es que sabemos que el nombre de la hija de Herodías que le bailo a Herodes fue Salome.